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Reflexiones sobre la necesidad de una regulacion estatal
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Reflexiones sobre la necesidad de una regulacion estatal
En el foro de la Federacion Española de Airsoft, se ha abierto un hilo en el que el Pte de la F.E.A., expone una serie de reflexiones sobre la regulación del airsoft.
Aqui os dejo el hilo para que accedais al comentario realizado:
http://www.federacion-espa-airsoft.es/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=576
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Te doy tres segundos, exactamente tres puñeteros segundos para que borres esa estúpida sonrisa de tu cara,
www.uare.biz

zarkoma- Mensajes: 512
Fecha de inscripción: 09/11/2009

Reglamento de armas
Editado en:
http://www.facebook.com/?sk=messages&tid=468359037739#!/group.php?gid=120484971297991
20. “Arma de uso lúdico-deportivo”: arma accionada por aire, o gas comprimido o por
muelle, de ánima lisa, que dispara proyectiles de material plástico que pueden contener líquidos o
geles en su interior, de un peso no superior a 0,40 g y de un diámetro igual o menor a 8mm, con una
energía cinética en boca inferior a 3 julios. Las armas comprendidas en esta categoría deberán
llevar una marca permanente de color amarillo y fosforescente que permita su rápida identificación.
Estas marcas deberán presentar una anchura de 5 cm alrededor del cañón e inmediatamente detrás
del punto de mira. Quedan comprendidas dentro de la presente definición, tanto las armas de
“airsoft” como las armas de “paintball”.
Tendremos que pintar una banda amarillo fosforito tras el punto de mira. Para las pistolas será más difícil, pero es lo que hay.
Nos permitiran jugar y transportarlas. Las ven como armas de 4 categoria pero nos las diferencian en qe son ludicas y podremos jugar con ellas en recintos autorizados...
http://www.facebook.com/?sk=messages&tid=468359037739#!/group.php?gid=120484971297991
20. “Arma de uso lúdico-deportivo”: arma accionada por aire, o gas comprimido o por
muelle, de ánima lisa, que dispara proyectiles de material plástico que pueden contener líquidos o
geles en su interior, de un peso no superior a 0,40 g y de un diámetro igual o menor a 8mm, con una
energía cinética en boca inferior a 3 julios. Las armas comprendidas en esta categoría deberán
llevar una marca permanente de color amarillo y fosforescente que permita su rápida identificación.
Estas marcas deberán presentar una anchura de 5 cm alrededor del cañón e inmediatamente detrás
del punto de mira. Quedan comprendidas dentro de la presente definición, tanto las armas de
“airsoft” como las armas de “paintball”.
Tendremos que pintar una banda amarillo fosforito tras el punto de mira. Para las pistolas será más difícil, pero es lo que hay.
Nos permitiran jugar y transportarlas. Las ven como armas de 4 categoria pero nos las diferencian en qe son ludicas y podremos jugar con ellas en recintos autorizados...

Bisbal- Mensajes: 271
Fecha de inscripción: 10/11/2009
Edad: 43
Localización: En el sofá
Reglamento de armas (proyecto)
http://www.mir.es/SGACAVT/seguridad/armas/proyecto_reglamento_armas.pdf

Bisbal- Mensajes: 271
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